Conozca Sus Derechos

Usted cocina sus comidas. Usted cría a sus hijos. Usted limpia sus hogares. Usted cuida a sus padres. Usted mantiene los hogares funcionando — a menudo en silencio, a menudo sola, a menudo con miedo de hablar.

Usted no es invisible. Usted tiene derechos. Y la ley está de su lado — sin importar cuál sea su estatus migratorio.

¿Qué tipo de trabajo realiza?

Empleada Doméstica

Si usted es empleada doméstica, tiene derecho a pago de horas extras. Está cubierta tanto por las Leyes Laborales de Nueva York como por la Ley de Normas Laborales Justas (FLSA) para recibir al menos el salario mínimo por todas las horas trabajadas, así como horas extras a una y media veces su tarifa horaria regular. Puede estar clasificada como empleada doméstica que vive en el hogar o que trabaja por día.

Empleada Doméstica que Vive en el Hogar

Si usted trabaja al menos 120 horas en el hogar de su empleador por semana, o trabaja 5 o más días o noches consecutivos, se le considera una empleada doméstica que vive en el hogar.

Sus Derechos:

  • Salario mínimo: $17.00 por hora en la ciudad de Nueva York, y en los condados de Nassau, Suffolk y Westchester; $16.00 por hora en el resto del estado de Nueva York.
  • Pago de Horas Extras: Una y media veces su tarifa por hora por todas las horas trabajadas más allá de 44 horas en una semana laboral de 7 días.
  • Pago Semanal: Su salario debe pagarse cada semana.
  • Información Salarial: Tiene derecho a recibir un aviso de salario al ser contratada y comprobantes de pago semanales.
  • Períodos de Descanso Semanal: Tiene derecho a al menos 24 horas consecutivas de descanso cada semana. Si trabaja voluntariamente en su día de descanso designado, esas horas deben pagarse a la tarifa de horas extras.
  • Días de Descanso Pagados: Después de un año de empleo, tiene derecho a tres días de descanso pagados cada año.
  • Licencia por Enfermedad: Los empleadores deben proporcionarle hasta 40 horas de licencia por enfermedad no pagada al año.

Empleada Doméstica por Día

Si usted no vive en el hogar de su empleador, se le considera una empleada doméstica por día.

Sus Derechos:

  • Salario mínimo: $17.00 por hora en la ciudad de Nueva York, y en los condados de Nassau, Suffolk y Westchester; $16.00 por hora en el resto del estado de Nueva York.
  • Pago de Horas Extras: Una y media veces su tarifa regular por todas las horas trabajadas más allá de 40 horas en una semana laboral de 7 días.
  • Pago semanal: El salario debe pagarse cada semana.
  • Información Salarial: Tiene derecho a recibir un aviso de salario al ser contratada y comprobantes de pago semanales.
  • Período de Descanso Semanal: Tiene derecho a al menos 24 horas consecutivas de descanso cada semana. Si trabaja voluntariamente en su día de descanso designado, esas horas deben pagarse a la tarifa de horas extras.
  • Días de Descanso Pagados: Después de un año de empleo, tiene derecho a tres días de descanso pagados cada año.
  • Licencia por Enfermedad: Los empleadores deben proporcionar hasta 40 horas de licencia por enfermedad no pagada al año.
Protecciones Contra la Discriminación y el Acoso

Las trabajadoras domésticas están protegidas contra la discriminación, el acoso sexual y las represalias por motivos de género, raza, religión u origen nacional. Las protecciones contra la discriminación y el acoso se aplican incluso si usted es indocumentada.

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